El 24 de abril de 2025 fue promulgada la Ley 468 de Panamá, una normativa que subroga la antigua Ley 3 de 1985 y establece un nuevo régimen de interés preferencial para préstamos hipotecarios. Aunque representa un cambio significativo en el acceso a vivienda con financiamiento subsidiado, su entrada en vigencia ha sido suspendida por el Consejo de Gabinete hasta el 31 de diciembre de 2025.
La decisión busca dar tiempo para evaluar los impactos en el sistema financiero y permitir a las entidades bancarias culminar los trámites bajo el esquema anterior.
📌 Cambios clave introducidos por la Ley 468
La Ley 468 introduce un esquema de subsidios diferenciados por rango de valor de la vivienda:
- Tramo Preferencial 1:
Viviendas de hasta B/.50,000
➤ Subsidio: 5% de interés
➤ Duración: 8 años - Tramo Preferencial 2:
Viviendas entre B/.50,001 y B/.80,000
➤ Subsidio: 4.5% de interés
➤ Duración: 7 años - Tramo Preferencial 3:
Viviendas entre B/.80,001 y B/.120,000
➤ Subsidio: 4% de interés
➤ Duración: 5 años
⚠️ Controversia por el Artículo 12
Uno de los artículos más debatidos es el Artículo 12, que obliga a los bancos y prestatarios a renegociar las condiciones del préstamo con al menos seis meses de antelación al vencimiento del subsidio. Esta disposición ha generado inquietud entre:
- Bancos: Por la posible presión operativa y financiera en la cartera hipotecaria.
- Desarrolladores inmobiliarios: Por la incertidumbre que esto puede generar en la oferta y demanda de viviendas.
- Usuarios: Que podrían enfrentar nuevas condiciones sin suficiente claridad legal o financiera.
La principal crítica al artículo es la falta de consulta previa con actores clave del sector financiero, lo que, según expertos, podría impactar la estabilidad del mercado hipotecario en Panamá.
🕒 Suspensión temporal y próximos pasos
La suspensión temporal de la Ley 468 busca:
- Dar espacio a la discusión técnica y legal sobre sus implicaciones.
- Permitir a los bancos cerrar procesos hipotecarios bajo la normativa anterior.
- Evitar disrupciones en el sector inmobiliario y de financiamiento de viviendas.
🧭 ¿Qué deben considerar prestatarios y bancos?
Tanto entidades financieras como personas interesadas en adquirir vivienda con apoyo estatal deben mantenerse informados sobre la evolución de esta ley. La suspensión no elimina sus efectos a futuro, y podrían retomarse a partir de enero de 2026.
En A. Vergara & Co., ofrecemos asesoría financiera y contable especializada para instituciones y ciudadanos que deseen entender el impacto de estos cambios y tomar decisiones informadas.

