El 24 de abril de 2025 se promulgó la Ley 468, que reemplaza la Ley 3 de 1985 y establece un nuevo régimen de interés preferencial para la compra de viviendas nuevas en Panamá. Esta norma busca facilitar el acceso a una vivienda digna para personas naturales, a través de subsidios estatales en la tasa de interés, dependiendo del valor del inmueble y su ubicación.
¿Cuál es el tope para aplicar al subsidio?
Según la nueva Ley, el beneficio aplica únicamente a viviendas nuevas cuyo precio de compra no exceda los B/.120,000.00, incluyendo el terreno y mejoras. No aplica a terrenos solos ni a viviendas usadas.
Requisitos principales
Para poder acogerse al subsidio de intereses, deben cumplirse los siguientes criterios:
- La vivienda debe ser nueva y destinada a residencia principal.
- El beneficiario no puede tener otra vivienda inscrita en el Registro Público.
- Solo se puede acceder una sola vez al subsidio.
- El préstamo debe estar respaldado por garantía hipotecaria.
- Las viviendas de hasta B/.80,000.00 pueden aplicar a la zonificación RBS.
Tramos preferenciales por precio y ubicación
El subsidio se divide en tramos según el valor de la vivienda y la región donde se encuentre el inmueble. Se establece una diferencia entre:
- Región 1: Panamá y Panamá Oeste
- Región 2: Colón y el resto del país
Región 1 – Panamá y Panamá Oeste
| Precio de la vivienda | Tasa subsidiada | Duración del subsidio |
| Hasta B/.50,000.00 | 5.0% | 8 años |
| B/.50,001 a B/.80,000 | 4.5% | 7 años |
| B/.80,001 a B/.120,000 | 4.0% | 5 años |
Región 2 – Colón y resto del país
| Precio de la vivienda | Tasa subsidiada | Duración del subsidio |
| Hasta B/.50,000.00 | 5.5% | 8 años |
| B/.50,001 a B/.80,000 | 5.5% | 8 años |
| B/.80,001 a B/.120,000 | 4.0% | 5 años |
¿Qué pasa cuando termina el subsidio?
Entre 6 y 12 meses antes del vencimiento del subsidio, el banco deberá evaluar la capacidad financiera del cliente para continuar pagando bajo condiciones de mercado. Dependiendo del resultado, se podrán ofrecer alternativas como:
- Extensión del plazo del préstamo
- Revisión de la tasa de interés
- Reestructuración del préstamo
🚫 Casos que no aplican
Quedan excluidos del régimen los siguientes casos:
- Viviendas con precio superior a B/.120,000.00
- Compradores que ya hayan recibido un subsidio anteriormente
- Viviendas para uso comercial, recreativo o como segunda residencia
- Financiamientos fraccionados para un mismo inmueble que superen el tope
- Préstamos otorgados antes de la entrada en vigencia de la Ley
Recomendaciones
Desde A. Vergara & Co. recomendamos a quienes estén considerando comprar una vivienda acogerse a este régimen:
- Evaluar el valor del inmueble y la región para saber qué tramo aplica.
- Verificar con el banco si su préstamo califica bajo la nueva Ley.
- Considerar aplicar antes de que se terminen los fondos o plazos del subsidio.
- Buscar acompañamiento contable y legal para una gestión adecuada.
